LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
El fiasco de Bruselas y el desafío permanente de Mazón desnudan el liderazgo de Feijóo en el PP

Plaza Pública

¿Qué puede hacer el rey en la investidura?

Joaquín Urías

Durante muchos años España tuvo un Parlamento esencialmente bipartidista. Sólo dos partidos políticos tenían realmente posibilidades de gobernar. Lo hacían gracias a su mayoría absoluta de diputados o con el apoyo de nacionalistas vascos y catalanes. En esas décadas nunca fue discutible quién debía ser el candidato a presidente del Gobierno. Era evidente que al líder del partido más votado le tocaba someterse a la investidura. El sistema del artículo 99 de la Constitución funcionaba bien en esa situación: el rey firmaba la propuesta de candidato como una cuestión de trámite. Igual que firma las leyes o nombra a los ministros. Fueron los tiempos del rey Juan Carlos, quien nunca se encontró con un marrón marrónpor ese tema.

La irrupción de nuevas fuerzas políticas ha cambiado desde hace un lustro el panorama. Hoy, hay en el Parlamento cinco partidos de ámbito estatal con representación relevante; de pronto ha dejado de ser evidente que el partido político con más diputados sea siempre capaz de reunir votos suficientes para investir a su líder como presidente del Gobierno. Incluso sucede que a veces a ese líder no le conviene ni intentarlo. En 2016, Mariano Rajoy se negó a ello, dejando que antes fracasara el candidato socialista. Estos días, de nuevo, parece que Pedro Sánchez prefiere que no le encarguen intentar formar Gobierno, para no encontrarse con votos indeseados. Esta situación novedosa ha sacado a la palestra, del peor modo posible, el papel del Rey en el asunto.

En efecto, la Constitución establece que el monarca, previa consulta con los representantes de los partidos con representación parlamentaria, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.  Ello ha permitido a algunos académicos cortesanos y al propio Felipe VI defender que se trata de una decisión personal del rey. Sería su única decisión política en un sistema constitucional en el que el rey carece de toda facultad de acción y ejerce exclusivamente como símbolo del Estado.

Desde su coronación parece que el rey Felipe quisiera reparar la humillación que le infringieron a su padre las Cortes Constituyentes de 1978 cuando contra su voluntad le quitaron todo el poder que hasta entonces ejercía. Para ello, entre otras cosas, ha adoptado la costumbre de presentar la propuesta de candidato a presidente del Gobierno como un acto regio dirigido al Congreso, cuyo presidente se limita a firmar un recibí, dándose por enterado. Es una forma de adquirir un papel político que el texto constitucional le niega. Del mismo modo que en octubre de 2017 se empeñó en pronunciar un discurso muy desafortunado, a la hora de decidir quién puede ser presidente del Gobierno intenta imponer su voluntad discrecional.

Esa interpretación encuentra numerosos problemas constitucionales. El artículo 99 dice que el rey hace su propuesta de candidato “a través del presidente del Congreso”. El 56 es terminante en  que los actos del rey carecen de validez sin el correspondiente refrendo y el 64 reitera expresamente que la propuesta de candidato a la investidura ha de venir refrendada por el Presidente del Congreso. Estos artículos diseñan un sistema coherente con el resto de la Constitución que excluye cualquier acto de voluntad del rey. La decisión de si hay o no candidato y quién es corresponde al Presidente del Congreso y se manifiesta en forma de refrendo. Una hipotética propuesta real sólo tendría valor jurídico si el presidente de las Cortes libremente deseara validarla. Y tiene que ser así por dos motivos: de una parte, porque las elecciones generales son la máxima expresión de soberanía democrática y en el camino que va del voto expresado por la nación al nombramiento de presidente del Gobierno no puede interferir la voluntad de ningún órgano –como el monarca– ajeno a esa expresión democrática. De otra parte, porque la designación de un candidato u otro no es inane políticamente. Bien al contrario, la situación actual demuestra que es una decisión discrecional con profunda trascendencia política. Quien la tome no sólo necesita legitimación democrática inmediata, sino que ha de ser capaz de responder por los perjuicios que pueda ocasionar.

El diputado o diputada que preside la Cámara por mandato de la mayoría parlamentaria puede responder de su decisión. Tanto personalmente como en cuanto miembro de una formación política. El cuerpo electoral lo puede castigar por su decisión, privándole de sufragios en siguientes elecciones. Incluso el propio Parlamento podría aprobar una resolución censurando su actuación si actúa contra la voluntad de la mayoría (por ejemplo, si la mayoría quiere que haya investidura pero se convocan elecciones).

El rey, en cambio, es irresponsable. Tan irresponsable que el Tribunal Constitucional ha anulado una declaración del Parlamento de Cataluña que se atrevió a reprochar al rey el contenido de su famoso discurso. No se le puede censurar porque de los actos del rey responde exclusivamente la persona que los haya refrendado. En este caso, el presidente o presidenta del Congreso.

Ahora, pues, el rey tiene que recibir a los representantes de los partidos. Es un acto exclusivamente formal. De hecho, si algún partido decide no acudir, no tiene trascendencia. Después, la presidenta del Congreso es la que tendrá que decidir si se encarga formar Gobierno a Pedro Sánchez, o a otro candidato, o se convocan nuevas elecciones. Tras ello, el rey debe firmar lo que decida Meritxel Batet y ahí acaba su papel.

Sería un disparate constitucional de envergadura dejar en manos de Felipe VI la decisión acerca de encargar o no a Pedro Sánchez que intente formar gobierno. Es una decisión política, que puede usarse para desgastar al PSOE o para apoyarlo. Es evidente que no le corresponde tomarla a quien sólo debe ser un símbolo, y un símbolo de todos.

La decisión sólo puede tomarla la presidenta de las Cortes, y el empeño del propio rey en adquirir protagonismo político, como si estuviéramos aún en el antiguo régimen, no puede llevar a nada bueno. Ni para el país, que aspira a ser una democracia plena, ni para un rey cada día más discutido que no se corta en mostrar sus preferencias políticas.

Compromís sugiere al rey la conveniencia de que el PSOE mantenga la coalición de julio a Podemos para evitar el 10-N

Compromís sugiere al rey la conveniencia de que el PSOE mantenga la coalición de julio a Podemos para evitar el 10-N

_____________

Joaquín Urías es profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla y exletrado del Tribunal Constitucional.

 

Más sobre este tema
stats