caso Palau
Los directivos de Ferrovial salen absueltos del 'caso Palau' gracias a una legislación laxa con los corruptores
La constructora Ferrovial pagó 6,6 millones de euros de "sustanciosas comisiones" a Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) a cambio de importantes adjudicaciones de obra pública durante el último Gobierno de Jordi Pujol. Entre ellas, la construcción de la línea 9 del metro de Barcelona o la de la Ciudad de la Justicia. La compañía que dirige Rafael del Pino participó entre 1999 y 2009 del sistema creado por los saqueadores confesos del Palau de la Música –Fèlix Millet y su mano derecha, Jordi Montull– consistente en camuflar esas mordidas a través de facturas "mendaces" o donaciones altruistas a la emblemática institución cultural catalana. También hubo pagos en efectivo.
Estos hechos están considerados como probados por los jueces de la Sección Décima de la Audiencia de Barcelona, que este lunes dictaron sentencia sobre un caso que se inició hace ocho años y medio, en el verano de 2009, cuando los Mossos d’Esquadra registraron el Palau buscando evidencias del supuesto desvío de fondos cometido por Millet y Montull, sobre los que han recaído penas de nueve años y ocho meses y de siete años y medio de cárcel, respectivamente. También ha sido condenado a cuatro años y cinco meses de prisión el extesorero de CDC Daniel Osácar por tráfico de influencias y blanqueo de capitales.
Ferrovial, sin embargo, ha conseguido salir indemne del caso. Los magistrados de la Audiencia de Barcelona consideran acreditada la participación en la trama de los dos únicos responsables de la constructora encausados, Pedro Buenaventura, que fue director territorial de zona en Cataluña hasta mayo de 2000 y estuvo en la empresa hasta 2006, y Juan Elízaga, director de Relaciones Institucionales hasta al menos julio de 2009. Los magistrados creen que ambos son responsables de un delito continuado de tráfico de influencias por el que se enfrentaban a una pena de hasta un año y seis meses de prisión, pero entienden que su responsabilidad penal ha prescrito.
En el momento en el que se produjeron estas mordidas y para este tipo de delito, el Código Penal fijaba en tres años el periodo máximo de cómputo para determinar la prescripción de los hechos. Pues bien, en el caso de Buenaventura pasaron cinco años y un mes entre su última actuación como empleado de Ferrovial (febrero de 2006) y su imputación el caso (marzo de 2011). Por su parte, el último ingreso efectuado por la constructora al Palau con Elízaga como directivo fue en junio de 2009, justo antes del registro de los Mossos, pero su citación en calidad de imputado no llegó hasta abril de 2013. Pasaron, por tanto, casi cuatro años.
Tras la reforma del Código Penal que se llevó a cabo en 2015, el periodo máximo de cómputo para determinar la prescripción, en el caso de estos hechos, sería de cinco años. No obstante, para hacer este cálculo se tiene en cuenta la legislación vigente en el momento en el que se produjeron las actuaciones que son objeto de la investigación judicial. En este caso, la prescripción estaba fijada en los citados tres años.
"Sistema organizativo"
En un comunicado difundido este lunes, la empresa aseguró haber sido "ajena" al "destino final" de los fondos entregados al Palau por contratos de patrocinio y reiteró su convencimiento de que las adjudicaciones en las que participaba "se realizaron siempre de forma regular y a la oferta con mejor valoración económica". En la sentencia, los jueces subrayan que no consta "ni el conocimiento ni la aquiescencia" de las actuaciones deBuenaventura y Elízaga por parte los órganos colegiados o los accionistas de la entidad.
Según los jueces, la posición directiva de Buenaventura y la intervención de Elízaga, director de Relaciones Institucionales, les permitió obtener de los máximos responsables de la empresa a nivel estatal el asentimiento del patrocinio del Palau, tanto para su puesta en marcha como para su posterior mantenimiento anual. Por otro lado, consideran probado que Buenaventura acordó con el extesorero de CDC Carles Torrent –fallecido en 2005– que Ferrovial pagaría anualmente "por anticipado" una comisión del 4% del volumen de obra pública que "le debía ser adjudicada por los organismos [de contratación] controlados por CDC".
No obstante, según el tribunal, en torno al año 2002 se cambió el "sistema organizativo" para el pago de las comisiones, que dejaron de ser por adelantado y se llevaron a cabo una vez Ferrovial obtenía la "correspondiente adjudicación". Para la Audiencia, este cambio de sistema se acordó "quizás" porque Buenaventura "se cansó de pagar y luego tener que, encima, reclamar", o incluso debido al mayor volumen de obra prevista a licitar con el "consiguiente fraccionamiento del pago de las comisiones en varios años".
Para llevar a cabo ese propósito Millet y Montull crearon un ciclo de conciertos, llamado Palau 100, cuyo objeto "no era auxiliar económicamente al Palau" para poder desarrollarlo, "sino dotar de los suficientes fondos a Millet y Montull para que pudieran abonar las comisiones pactadas a CDC y quedarse parte de la comisión". Según la sentencia, sólo por estos acuerdos de patrocinio, Ferrovial aportó al Palau más de 12,6 millones de euros entre 1997 y 2009.
Después, para que ese dinero fluyera hasta Convergència, Millet y Montull pusieron a disposición de los directivos Ferrovial y de los miembros de Convergència "toda la estructura jurídico-financiera" del Palau. El objetivo, relata la sentencia, era que "pudieran ocultar el pago y cobro, respectivamente, de las comisiones, bajo la forma de patrocinio, los primeros, y bajo la de convenios de colaboración y pago de facturas por servicios no prestados para el Palau, los segundos".
Al final, el dinero de las mordidas acabó llegando a la formación que entonces dirigía Jordi Pujol a través de tres formas: 3,7 millones a través de entregas en efectivo a los extesoreros Torrent y Osácar, 2,3 millones con la emisión de facturas "mendaces" por servicios inexistentes de empresas que se prestaron a tal fin y 630.000 euros por convenios de colaboración cultural con la Fundació Trias Fargas, vinculada al partido.
El pacto era que Ferrovial pagaba "por el ejercicio de aquel influjo para la obtención de obra pública" el 4% del importe de todas las adjudicaciones obtenidas. El 2,5% se lo quedaba el partido y el 1,5% restante era para los intermediarios, Millet y Montull, que a su vez se repartían el porcentaje que les correspondía en un 80% para el primero y un 20% para el segundo, dejando en algunas ocasiones una pequeña parte para la Fundació Orfeó Catalá. El tribunal sostiene que esos pagos eran "la efectiva retribución de la influencia ejercida para obtener las adjudicaciones".
La sentencia determina que la influencia de los tesoreros sobre los miembros de las mesas de contratación a favor de Ferrovial "consiguió su objetivo", pues la compañía pasó de no tener volumen de obra pública en Cataluña a conseguir algunas de las mayores obras por cuantía económica que se efectuaron en aquellos años en esa comunidad: la construcción de la línea 9 del metro de Barcelona y de la Ciudad de la Justicia de Barcelona y L'Hospitalet de Llobregat.
Según el fallo, durante el juicio, Buenaventura y Elízaga no ofrecieron explicación alguna sobre este trasvase de fondos. Ambos manifestaron que lo desconocían, explicaron que el patrocinio era correcto y que se efectuó sin relación alguna con posibles adjudicaciones de obras. La sentencia revela que el tribunal no ha creído su versión, pero la laxitud de la legislación respecto a la conducta de los corruptores les ha permitido quedar absueltos.