La revancha de Alberto Rodríguez: el TC apuesta por darle la razón dos años después de ser expulsado del Congreso
El Tribunal Constitucional pospone su pronunciamiento sobre el caso de Alberto Rodríguez. El Pleno del órgano ha decidido este jueves alargar un poco más el debate alrededor del recurso interpuesto por el exdiputado de Unidas Podemos contra la condena que el Tribunal Supremo le impuso por propinarle una patada a un policía durante una manifestación en La Laguna (Tenerife) en 2014, un castigo que derivó en la retirada de su escaño. La mayoría del Constitucional se inclina por estimar el recurso del exparlamentario y darle amparo. Ahora bien, no se ponen de acuerdo alrededor de los motivos sobre los que debe apoyarse dicha estimación. "La deliberación ha puesto de relieve que hay que repensar y matizar la sentencia", señalan las distintas fuentes pulsadas por infoLibre.
El Alto Tribunal condenó a Alberto Rodríguez en octubre de 2021 a un mes y quince días de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad. Un castigo que, sin embargo, sustituyó por una multa de 540 euros. En concreto, la sentencia consideraba probado que en el curso de una protesta contra la Lomce, la ley educativa alumbrada durante la primera legislatura de Mariano Rajoy, el exdiputado golpeó en la rodilla a un agente de la Policía que, como consecuencia de la patada, "sufrió una contusión de la que curó en un día sin impedimento para sus actividades habituales". Siete años duró en total la causa contra Rodríguez. Y eso que era un caso, como reconoció el propio Supremo, que carecía de "cualquier complejidad".
No todos los magistrados de la Sala de lo Penal apoyaron este fallo. Dos de ellos emitieron un voto particular en el que defendían la absolución. Consideraban que la prueba practicada en el juicio estaba "muy lejos" de ser suficiente. Y recordaban que la condena se había sustentado sólo en el testimonio del agente agredido, que identificó al agresor en el juicio pero hizo una "singularmente lacónica descripción" sobre cómo se produjo la agresión. "Esta extrema parquedad del relato resulta, a nuestro parecer, muy relevante, en la medida en que mal puede valorarse la fiabilidad en la identificación del agresor, cuando ni siquiera conocemos si el agente dispuso de algún tiempo para reparar en su aspecto", señalaron los magistrados.
Aquella condena, además, llevaba aparejada la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que durase el castigo, dejando claro que el hecho de que la pena de cárcel fuera sustituida por una multa no afectaba al cumplimiento de la accesoria. Aquella decisión terminó provocando un enfrentamiento entre el Congreso de los Diputados y el Alto Tribunal. En un primer momento, la Cámara Baja decidió mantener el escaño de Rodríguez apoyándose en un informe de sus servicios jurídicos. Pero el Supremo no tardó en dar un toque de atención. Y en cuestión de horas, tras un cruce continuo de escritos, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, cedió y comunicó al canario la retirada de su escaño.
Más de un año de espera y discrepancias
Este jueves, cuando se acaban de cumplir justo dos años de aquella decisión, en Domenico Scarlatti, sede del Tribunal Constitucional, se ha entrado por fin de lleno en el caso. Sobre la mesa, un recurso contra la sentencia del Supremo y una ponencia de la magistrada María Luisa Segoviano que consideraba que la condena impuesta por el Alto Tribunal quebraba el principio de proporcionalidad. Si algo ha puesto de manifiesto el largo debate en el seno del Pleno, según las fuentes jurídicas consultadas por este diario, es que el bloque mayoritario, el denominado progresista, se inclina por dar amparo al exdiputado de Unidas Podemos, frente a una minoría que considera "plenamente constitucional" la decisión impugnada.
Pero a pesar de que la mayoría apuesta por estimar el recurso de Rodríguez, no ha habido unanimidad en los motivos. "Hay debate", resaltan las fuentes jurídicas pulsadas. Algunos magistrados consideran que la estimación no debe apoyarse sobre la proporcionalidad, sino que tiene que basarse en la vulneración del principio de legalidad penal, remarcando que cuando la pena de cárcel fue reemplazada por una multa no se debió aplicar la inhabilitación. Las discrepancias en este sentido han llevado a Segoviano a recoger de nuevo la ponencia de la mesa para estudiar mejor el asunto y plantear un nuevo texto que suscite mayor consenso. "Hay que repensar y matizar la sentencia", apuntan fuentes conocedoras del contenido del debate.
El Constitucional admitió a trámite los recursos de amparo de Rodríguez en mayo de 2022. Sin embargo, ha sido necesario casi año y medio para que el Pleno del órgano de garantías entre a debatir sobre el primero de ellos, el que se centra en el Supremo. El asunto se fue retrasando una y otra vez. Primero, por la falta de renovación del TC. Luego, por la necesidad de ir resolviendo aquellos asuntos que llevaban años atascados en Domenico Scarlatti. Y, tras esto, llegó el ciclo electoral, con las elecciones autonómicas y generales del 23J. El adelanto electoral obligó al Constitucional a aplazar todos aquellos asuntos de gran calado político para evitar que interfiriesen en la campaña. Eso dilató el pronunciamiento sobre la reforma del CGPJ. Y, por supuesto, también el de Rodríguez.
Ahora, dos años después, todo apunta a que recibirá el amparo del Tribunal Constitucional. Será una suerte de victoria moral y un reconocimiento de que su expulsión del Congreso fue injusta. Otra cosa son, sin embargo, los efectos prácticos del fallo. Difícilmente se puede devolver a Rodríguez el escaño de una la legislatura que ya está muerta y enterrada tras los comicios del 23J. Un asiento que estuvo vacío durante meses, que tensó las relaciones entre los dos socios del Gobierno y en el que todo el mundo pensaba cada vez que se veía que una votación sería extremadamente ajustada. Un sillón sobre el que ha girado este jueves buena parte del Pleno del máximo intérprete de la Constitución.