Un grupo de juristas y periodistas se querellan contra Juan Carlos I por cinco delitos fiscales
Por cinco delitos fiscales y bajo la fórmula de acusación popular. Así es la querella criminal [consultar aquí el texto íntegro] que se ha presentado en las últimas horas ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra el rey emérito, Juan Carlos I, por parte de un grupo de periodistas y juristas. Es la primera vez que se lleva a cabo una acusación popular de este tipo contra el ex Jefe de Estado, quien, según el escrito, habría cometido cinco delitos agravados contra la Hacienda Pública entre los años 2014 y 2018. Unos hechos que, consideran los querellantes, violan “no sólo los preceptos del Código Penal sino también los principios de igualdad y de solidaridad, además de obligaciones legales y éticas exigibles especialmente a aquellas personas que ostentan cargos públicos”.
El escrito está firmado por una docena de personas, aunque desde fuentes de la acusación se asegura a infoLibre que la apoyan muchas más. Entre los firmantes aparecen el exfiscal y exmagistrado del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín, el catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla Javier Pérez Royo, el exfiscal Anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo, el periodista Josep Ramoneda, el jurista y activista por los Derechos Humanos Joaquín Urías, la periodista y viuda del escritor José Saramago, Pilar del Río, y el escritor Santiago Alba Rico.
Los hechos se circunscriben a las actividades que realizó presuntamente el rey emérito mediante dos fundaciones, Zagatka, con sede en Liechtenstein y Lucum, en Suiza, con el objetivo de ocultar sus ingresos y así evitar pagar impuestos en España. Según expone la querella, con estas fundaciones, Juan Carlos I habría financiado gastos personales, como por ejemplo viajes de lujo, vuelos e incluso la compra de armas. La cuantía total de esos delitos sería de más de tre millones y medio de euros, divididos entre cinco ejercicios fiscales y significarían unas penas de cárcel que irían de los 2 a los 6 años por cada uno de los delitos además de tener que pagar en concepto de multa seis veces el importe defraudado.
El escrito encuadra la actividad ilegal del rey emérito entre los años 2014 y 2018, es decir, con posterioridad a su abdicación, la cual se produjo el 19 de junio de 2014. De esta forma, los hechos que exponen no se encontrarían amparados por la inviolabilidad que llevaba aparejada su condición de Jefe de Estado y que ha hecho en el pasado descarrilar otros procedimientos en su contra. Aún así, y pese a su abdicación, Juan Carlos I sigue disfrutando de condición de aforado por su título de rey emérito, lo que hace que solo le podría juzgar el Tribunal Supremo. En este sentido, en el caso de ser admitida la denuncia, los querellantes solicitan la declaración de Juan Carlos I, la cual podría llevarse a cabo mediante videoconferencia desde su residencia en Abu Dhabi.
Sin prescripción y con regularizaciones no válidas
Otro de los aspectos que aborda querella es la posible prescripción de los delitos fiscales expuestos, ya que estos, según la ley, prescriben a los cinco años de haberse cometido. Los querellantes argumentan que los delitos del rey emérito se deben considerar como agravados por haber superado la cuantía defraudada los 600.000 euros en los ejercicios y haber usado fundaciones, asociaciones y paraísos fiscales para eludir el pago de impuestos. Esto significaría que el plazo de prescripción aumentaría de esos cinco años a los 10, por lo que todos los delitos podrían ser aún juzgados. También los del 2014, pues, argumentan, se tendría que tener en cuenta no la fecha en la que se cometió el delito, sino el periodo en el que se debía declarar el impuesto defraudado, que en ese caso sería 2015.
Aunque si hay un punto que es realmente clave es el de las regularizaciones fiscales que hizo el rey Juan Carlos I durante los años 2020 y 2021 para normalizar su situación con la Hacienda Pública. Según los querellantes, estas no debieron haber tenido validez por haberse producido en condiciones irregulares y, por tanto, la acusación penal sobre el rey emérito se tendría que haber mantenido vigente.
Juan Carlos I vuelve al ojo del huracán: su fundación y sus nuevos escándalos llegan al Congreso
Ver más
¿Y por qué no habrían sido válidas esas regularizaciones? En primer lugar, hay que saber que para que sea efectiva una figura de este tipo debe realizarse antes de que el contribuyente tenga conocimiento formal de que está siendo investigado. En este caso, exponen los querellantes, el rey emérito habría recibido dos notificaciones por parte de la Fiscalía en junio y noviembre de 2020 sobre la existencia de diligencias de investigación en su contra por posibles irregularidades fiscales. Teniendo en cuenta que ambas regularizaciones llevadas a cabo por Juan Carlos I fueron después de esa notificación, en diciembre de 2020 y febrero de 2021, significaría que estas fueron forzadas por las investigaciones y, por tanto, eliminaría la “espontaneidad” que recoge la ley como requisito indispensable para que la regularización sea válida.
La cuestión en este punto es si la argumentación de los querellantes es la válida o, si sin embargo, prevalece la interpretación que en su día se dio para admitir la regularización de la situación fiscal de Juan Carlos I. Esta consideraba que las notificaciones enviadas al rey emérito no incluían detalles específicos de los hechos investigados ni advertían claramente que las irregularidades fiscales detectadas podrían ser constitutivas de delito, lo cual pudo hacer pensar a Juan Carlos I que aún estaba a tiempo de realizar esta regularización, aunque realmente no fuera así. Este extremo es algo que los querellantes niegan: “La Fiscalía sí le dijo que había investigaciones con relevancia tributaria, lo cual impide la regularización. Dicen que no tenía detalles pormenorizados, pero es que la Fiscalía nunca puede tenerlos, debe recibirlos de la Agencia Tributaria que es la que los conoce en toda su complejidad”, comentan fuentes de la querella.
Con todo ello, otra de las preguntas que suscita toda esta actuación con respecto al rey emérito es por qué no se han tomado medidas con anterioridad con respecto a estos presuntos delitos. “La que tendría que haber actuado es la Agencia Tributaria, la Fiscalía actuó en el año 2022 porque antes no sabíamos lo que había pasado con respecto a este tema, al menos por vía judicial. Y es ahí cuando empieza a tener relevancia legal. De hecho, hacemos referencia en la querella a que resulta escandalosa la inacción de la Agencia Tributaria”, comenta una fuente de los querellantes.