Los carteros ya no podrán recoger el voto postal en el domicilio del elector, que tendrá que llevarlo a Correos
Los electores que pidan el voto por correo para las elecciones municipales y autonómicas del próximo 28 de mayo ya no podrán entregar el sobre certificado en el que deben introducir su papeleta al cartero que se desplace a su domicilio para entregarle la documentación electoral, como se hizo durante la pandemia de coronavirus, sino que tendrán que hacer entrega del mismo en la oficina de Correos, como se venía haciendo antes de la crisis del covid-19, según ha informado Europa Press.
Así lo ha establecido la Junta Electoral Central (JEC) en un acuerdo con el que da respuesta a la consulta que realizó la Dirección de Relaciones Institucionales y Coordinación de Correos para saber si se podía mantener la fórmula que se implantó durante la pandemia.
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El organismo arbitral recuerda que esa práctica se utilizó para los procesos electorales que tuvieron lugar "en tanto se mantenían los riesgos de contagio inherentes a la pandemia", pero que no es posible alargarla en el tiempo porque no está regulada en la ley.
No hay previsión legal y se acabó la excepción
"No concurre en este momento la situación de crisis epidemiológica que justificaba la medida descrita, medida a la que, por consiguiente, no es posible dar continuidad en ausencia de previsión legal expresa que la regule", explica el organismo arbitral.
Así las cosas, quien opte por el voto postal para los comicios de mayo tendrá que hacer entrega del sobre certificado con su papeleta en una oficina de Correos, como se hacía siempre antes de 2020. Y lo mismo sucederá con los comicios siguientes mientras no haya una modificación legislativa para contemplar otras fórmulas.