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Residencias de mayores

Los familiares de 29 residentes fallecidos en Leganés recurren el archivo de la causa y piden que se ordene a la jueza investigar

Una mujer de Marea de Residencias, en una imagen de febrero de 2021.

Los familiares de 29 mayores que vivían en residencias de Leganés (Madrid) y fallecieron durante la primera ola de la pandemia presentaron un recurso contra la decisión de la jueza Mónica Boticario Martín de archivar la causa, pese a que la mínima investigación judicial realizada ya sirvió para obtener un cúmulo de pruebas de la falta de asistencia médica sufrida por los residentes. Los familiares piden a la Audiencia Provincial de Madrid que anule el auto de archivo y ordene a la magistrada continuar con la investigación.

La resolución de la jueza lleva fecha del pasado 13 de julio y en realidad archiva dos querellas, que fueron acumuladas en su día en el Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés. Una fue presentada por familiares de tres residentes en el centro Los Frailes –gestionado por Aralia–, cuatro de El Encinar-Amavir, uno de DomusVi y tres de Vitalia Home, todos ellos agrupados en Marea de Residencias. Y la otra la formularon familiares de 24 mayores de Vitalia Home. En total, se trataba de analizar lo ocurrido con 35 personas que vivían en esas cuatro residencias, de los que 29 fallecieron, mientras que los otros seis lograron sobrevivir.

Como desveló infoLibre este miércoles, en el auto de archivo se recogen tres casos en los que desde el Hospital Severo Ochoa se prohibió expresamente el traslado de residentes enfermos. Es lo que le ocurrió a Juliana, que vivía en Los Frailes; a María, que residía en El Encinar-Amavir, y a Feliciano, que estaba en Vitalia Home. En la resolución judicial también se narran otros tres casos en los que desde la residencia llamaron al hospital para plantear una posible derivación, pero ni siquiera les cogieron el teléfono. Así sucedió con Esperanza, María Purificación y Carmen, las tres residentes de Vitalia Home. En el auto de archivo de Boticario ni siquiera consta por qué no fueron trasladados al hospital diez mayores y hay otros cuatro casos en los que la persona fue finalmente derivada, pero la jueza no indica cuánto tiempo permaneció enferma en la residencia antes de recibir atención hospitalaria. Todos estos mayores terminaron falleciendo entre marzo y abril de 2020.

La primera querella

La jueza Boticario mostró nulo interés por conocer lo ocurrido en las residencias de Leganés desde el primer momento. En agosto de 2020, cuando se presentó la querella de Marea de Residencias, directamente no la admitió a trámite. Una decisión que fue corregida por la Audiencia Provincial de Madrid, que ordenó la admisión de la querella y que se practicasen las diligencias oportunas.pa

Los familiares de los once residentes –ocho fallecidos y tres que pudieron sobrevivir– acusaban a los directores de los cuatro geriátricos de la posible comisión de delitos de homicidio y lesiones imprudentes, omisión del deber de socorro y prevaricación. En la querella de Marea de Residencias también se pedía actuar contra la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, y los consejeros de Sanidad y de Justicia, Enrique Ruiz Escudero y Enrique López, respectivamente. La Audiencia, en todo caso, dejó fuera de la investigación judicial a los tres políticos del PP, ya que están aforados y no pueden ser investigados por un Juzgado de Instrucción.

En su recurso de apelación, el abogado de Marea de Residencias sostiene que el aforamiento no debe ser obstáculo para que se investigue lo ocurrido, y si resultaran "indicios sólidos de criminalidad contra los aforados", sea entonces cuando asuma la competencia el Supremo o el TSJ de Madrid. "Pero para que se den tales indicios de criminalidad se hace necesario una actividad instructora más ambiciosa que la desplegada por el juzgado", añade.

La jueza Boticario no encontró el más mínimo indicio de delito, ni de los políticos ni de los no aforados. Marea de Residencias recuerda que pese a las numerosas diligencias que se pidieron en la querella, prácticamente no se practicó ninguna. "Llama la atención que no se haya llamado a declarar a los querellantes, ni a los directores de las residencias, ni a los geriatras de referencia de los hospitales, o a los responsables de la elaboración, aprobación y distribución de los protocolos. Así mismo, se echa en falta el informe del forense sobre la adecuada atención y evolución del estado de salud de los residentes, más allá del contenido reflejado en las historias clínicas aportadas", se destaca en el recurso.

La magistrada analizó la documentación aportada por las residencias y, en su caso, por los hospitales. Y en su auto de archivo asegura que también estudió "todos los protocolos y resoluciones aprobadas por las distintas Administraciones Públicas para intentar paliar, regular y coordinar la actuación en este tipo de centros". Menciona hasta 22 resoluciones, pero justo omite el Protocolo que impedía derivar a los hospitales a enfermos que vivían en residencias si tenían un alto grado de dependencia o de deterioro cognitivo. Ese documento lo aprobó la Consejería de Sanidad el 18 de marzo de 2021, y se dictaron otras tres versiones los días 20, 24 y 25 del mismo mes, tal y como desveló en su día infoLibre, que publicó íntegramente las cuatro versiones del Protocolo de exclusión [las puedes consultar aquí].

En su recurso, Marea de Residencias considera "fundamental investigar qué protocolo y qué versión del mismo fue el que se le aplicó" a cada uno de los residentes. Y añaden que la investigación judicial, una vez aportados las diferentes versiones del Protocolo, "debe ir encaminada a averiguar si fue conocido por los tres aforados, promovido o impulsado por ellos". Si Ayuso, Ruiz Escudero y López "conocían la existencia" del Protocolo, "o lo aprobaron, es preciso que se pueda conocer en la fase de instrucción".

Marea de Residencias entiende que "lo relevante a efectos de los cuidados y atención médica, es saber si con los síntomas que presentaban y la evolución que iban teniendo [los residentes], debían haber sido derivados a centros hospitalarios o si la residencia contaba con medios para garantizar una atención y cuidados dignos".

Marea de Residencias recuerda que los geriátricos no fueron medicalizados, a pesar de que así lo anunció el Gobierno de Ayuso y que en el caso concreto de Leganés existió además una resolución expresa del TSJ de Madrid ordenando la medicalización, que fue incumplida. "La demora en el actuar de los querellados implica la existencia de un nexo causal entre su imprudente omisión y el resultado producido, que ha sido el enorme número de fallecimientos. […] La adopción de medidas habría evitado el trágico resultado que se ha producido".

Los datos oficiales del Gobierno Ayuso, publicados en su día por infoLibre, revelan que 7.291 mayores murieron en Madrid en su residencia sin ser trasladados a un hospital durante los meses de marzo y abril de 2020. De ellos, al menos 5.795 tenían coronavirus o síntomas compatibles. El Protocolo de exclusión de derivación hospitalaria es el que se aplicó en la mayoría de los casos para no trasladar a los residentes enfermos en la Comunidad de Madrid, y es justo el que no menciona la jueza Boticario en su detalladísima lista con 22 resoluciones.

LA SEGUNDA QUERELLA

La segunda querella fue presentada, el 2 de julio de 2020, por los familiares de 24 mayores que vivían en Vitalia Home, de los que 21 fallecieron y tres lograron sobrevivir. Y lo ocurrido con su querella es un ejemplo sangrante de desidia judicial.

La querella le tocó por reparto al Juzgado de Instrucción Número 1 de Leganés, que decidió inhibirse en favor del Juzgado 5, que ya estaba instruyendo la causa impulsada por Marea de Residencias. La jueza Boticario se pasó meses sin responder hasta que, ante la insistencia del abogado de los querellantes, le comunicó el 21 de diciembre de 2020 que no había aceptado la inhibición de su compañero y que había devuelto el asunto al Juzgado Número 1. Un mes más tarde, el 22 de enero, Boticario cambió de opinión y decidió acumular ambas querellas. Pero la magistrada no hizo absolutamente nada, así que, el 1 de marzo, el abogado solicitó que se pronunciase sobre las diligencias solicitadas. La jueza respondió que, cuando se practicasen las que estaban en curso –las solicitadas por Marea de Residencias–, "se acordará lo procedente". La siguiente noticia que han tenido los querellantes es el auto de archivo del pasado 13 de julio.

Es decir, después de 11 meses, Boticario ha cerrado la causa sin tomarse ni siquiera la molestia de responder a la solicitud de diligencias. Nada. Ni un auto, salvo el de archivo, en un procedimiento donde las familias de 21 personas fallecidas piden que se investigue lo ocurrido.

En este caso, la querella iba dirigida contra la directora de Vitalia Home en Leganés y tres ejecutivos de dicho grupo geriátrico. No pedían actuar contra ningún miembro del Gobierno Ayuso.

La falta absoluta de actividad instructora por parte de Boticario es la razón fundamental en la que se apoya el recurso de apelación de estos familiares. En su escrito, el abogado recuerda que la jueza "no ha practicado" ninguna de las diligencias solicitadas, "por lo que nada se ha realizado por el Juzgado en orden a esclarecer, como esta parte pedía, los hechos por los que se presentó la querella admitida a trámite". En ese sentido, considera "absolutamente contradictorio que se admita a trámite una querella, pues tal admisión presupone que los hechos relatados de ser ciertos serían constitutivos de delito y han de ser investigados, pero no se practique ninguna de las diligencias solicitadas para investigar dichos hechos. Y, lo que es peor, sin dictar resolución alguna respecto a esas diligencias".

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Entre ellas figuran algunas tan básicas como citar a los querellados para que presten declaración, solicitar a la Unidad Militar de Emergencias (UME) que remita los informes relativos a su intervención en la residencia, o pedir a la Policía Judicial que "elabore un atestado en el que informe de las medidas de prevención adoptadas por Vitalia Leganés para evitar la propagación del coronavirus entre los residentes y los trabajadores de la residencia, número de infectados y fallecidos, así como las instrucciones facilitadas a los residentes y al personal de las medidas y protocolos de prevención".

"Al no acordarse nada respecto a las diligencias solicitadas es como si se hubieran rechazado sin fundamentación alguna", se indica en el recurso de apelación, antes de recordar que es una obligación legal motivar los autos, de forma que "basta dicha omisión de razonamiento para declarar su nulidad".

En el recurso se destaca que la jueza Boticario indica en varios casos que la persona enferma no tenía covid, cuando no es verdad, y califica de "bastante deficiente" la actuación de Vitalia Home Leganés, donde fallecieron 93 personas entre el 11 de marzo y el 21 de abril. "Las medidas que pudieron adoptar resultaron claramente insuficientes e inadecuadas para impedir o minimizar el contagio generalizado de los residentes y, por ende, las graves consecuencias del mismo, por lo que la conducta de los querellados no se acomodó a los patrones de prevención que las circunstancias exigían para evitar los terribles daños", se concluye en el recurso de apelación.

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