GALICIA
El Estado y no la Xunta decidirá sobre la petición de la pareja de Feijóo de acceder a la playa desde su chalet

Concesiones en el litoral como la que acaba de solicitar la pareja de Alberto Núñez Feijóo, Eva Cárdenas, en Moaña (Pontevedra), seguirán siendo otorgadas por el Estado cuando la Xunta asuma el aún pendiente traspaso de la gestión del litoral. Así lo estableció el pasado mes de septiembre una sentencia del Tribunal Constitucional ante un recurso del Gobierno de Canarias por un caso que afectaba a una concesión similar y así lo asume el propio Ejecutivo gallego, que podrá otorgar otro tipo de concesiones costeras.
La Ley de Costas estatal de 1988 contempló dos tipos principales de concesiones: las que se pueden otorgar en cualquier momento para actividades que estén vinculadas a la costa y las que compensan la expropiación de facto que ha supuesto y supone en algunos casos la llamada demarcación marítimo-terrestre. Es el acto administrativo mediante el cual el Estado traza una línea que establece hasta dónde llega el litoral público, con compensaciones para quien tenga terrenos que pasen a estar delimitados como tales. Esta compensación es una concesión del terreno por 30 años a partir del momento en que se aprueba la demarcación.
Esta concesión compensatoria, regulada en la disposición transitoria primera de la Ley de Costas, es la que ahora solicita Cárdenas para el terreno de 210 metros cuadrados que da acceso directo a la playa desde el chalet que compró en Moaña en 2019 y con el que ahora mismo está cerrado de forma conjunta. Allí se aprobó el deslinde marítimo-terrestre en 2007 y aunque el anterior propietario no tenía concesión sobre ese terreno, Cárdenas ahora solicita ese derecho hasta 2037 "como causahabiente del propietario original".
Esta petición se produce después de que Costas iniciara en noviembre, según reveló en exclusiva Praza.gal, el proceso para recuperar el uso público de ese terreno público tras percatarse de que su cierre conjunto con el terreno de Cárdenas impide el acceso. Y también ocurrió cuando la Xunta está a punto de recibir del Estado las competencias de gestión del litoral –gestión y no titularidad porque la Constitución establece que el litoral es público y de titularidad estatal–. Pero entre esas competencias no estarán las concesiones compensatorias como la que ahora pide Cárdenas.
El pasado mes de septiembre, el Tribunal Constitucional dictó una sentencia sobre un recurso de Canarias que establece que "el otorgamiento y regulación de las concesiones compensatorias" de las demarcaciones marítimo-terrestres "parecen estar estrechamente ligadas a la facultad legislativa que corresponde en exclusiva al Estado".
Canarias, que ya tiene transferidas las competencias de gestión del litoral, como ocurrirá ahora con Galicia, había recurrido ante el Constitucional una decisión del Estado sobre una concesión compensatoria, sobre la que el Gobierno insular quería que la decisión fuera autonómica. Pero la sentencia del tribunal de garantías diferencia las concesiones compensatorias, que están en poder del Estado, de las concesiones ordinarias, que pueden ser transferidas a las comunidades.
Así, asegura que "la posición del Gobierno de Canarias a la hora de equiparar concesiones no es sostenible". Porque las medidas compensatorias están “íntimamente vinculadas” a la competencia exclusiva del Estado sobre la costa de “establecer las medidas que garanticen su integridad física y jurídica y aseguren su libre utilización”.
Fue por eso, dice el Tribunal Constitucional, que “el Estado, en cumplimiento de su obligación constitucional de adoptar todas las medidas que considere necesarias para preservar las características propias del dominio público, impidió la subsistencia de enclaves de propiedad privada en la zona marítimo-terrestre”. Y, evidentemente, "compensó la privación de sus propietarios con la concesión temporal de un derecho de ocupación y uso, sujeto a los usos y aprovechamientos existentes y llamado a extinguirse como garantía última del deslinde producido una vez transcurrido el plazo de treinta años y, en su caso, la prórroga inicial y posterior prevista".
La pareja de Feijóo pide una concesión de suelo público hasta 2037 para acceder a la playa desde su chalet
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Esta competencia estatal “se separa de la concesión ex novo de nuevos usos y desarrollos asociados a la gestión costera”, el otro tipo de concesiones que pueden ser responsabilidad de las comunidades a las que se transfiere la gestión costera.
La sentencia también señala como “doctrina constitucional consolidada que los decretos de transferencia [a las comunidades] no atribuyen ni reconocen competencias, sino que transfieren servicios, funciones e instituciones”. El fallo también recoge, aunque no fuese relevante para la decisión final del Constitucional, que ninguna de las autonomías que ya tienen transferida la gestión del litoral "nunca han reivindicado ni ejercido función alguna (ni otorgante ni modificadora, prorrogadora o extintora) en relación con las concesiones compensatorias" como la que ahora solicita Cárdenas.
Y eso es lo que asume la Xunta. Fuentes del Gobierno gallego admiten que en casos como este de concesiones compensatorias la competencia seguirá siendo estatal.